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AVILA.— La Agencia Tributaria reclama a la sociedad pública Montes de Las Navas una deuda de 301.751,69 euros por no haber liquidado las cantidades correspondientes del Impuesto de Sociedades y del IVA tras la compra de una parte del término municipal de Las Navas del Marqués en el año 2000. Por este motivo, además, impone una sanción de 273.704,95 euros, , según la documentación a la que ha tenido acceso este periódico.
Esta sociedad fue creada por la Junta, la Diputación de Avila y el Ayuntamiento para comprar al Banco de Santander 7.700 hectáreas de una finca, que suponían el 80% de este municipio. Se puso en marcha con un capital social de 250 millones de las antiguas pesetas, de los cuales el Consistorio aportó el 70%, la Junta el 20% y la Diputación el 10%.
Su finalidad era la adquisición de estos terrenos, tras abonar en diez años los 1.400 millones de pesetas en los que fueron tasados, después de que en 1996 el Banco de Santander adquiriera mediante una Oferta Pública de Acciones (OPA) el 93% de la empresa Unión Resinera, propietaria hasta entonces de la finca, adquirida a su vez un siglo atrás a los marqueses de Medinaceli.
Tras aquella operación, la Inspección de Hacienda ha realizado «actuaciones inspectoras de comprobación e investigación» relacionadas con la sociedad, cuyo inicio se produjo el 24 de febrero de 2004.
Como consecuencia de esos trabajos, la Agencia Tributaria realiza un «acta de disconformidad» al considerar que el coste de adquisición de una de las parcelas no resultaba «correcto» y lo abonado en concepto de Impuesto de Sociedades no se corresponde con la verdadera valoración de los terrenos.
Según la Agencia Tributaria, la sociedad enajenó una serie de solares «de reciente urbanización» por un valor total de 10,8 millones de euros, así como tres parcelas que en el momento de su adquisición, el 12 de junio de 2000, «tenían la consideración de suelo rústico no recalificado, no urbanizable».
La Inspección estima que el coste de adquisición imputado a una de las tres parcelas enajenadas «no resulta correcto», ya que para dos de ellas la sociedad partió de un «valor-coste» de 881.356 pesetas por hectárea, mientras que para la tercera era de 4.985.049 pesetas, al tenerse en cuenta «posibles ampliaciones de suelo urbanizable».
Por ello, la Agencia Tributaria formula una propuesta de liquidación del Impuesto de Sociedades «que origina una deuda a ingresar de 178.759,98 euros, de la que 169.640,08 corresponden a cuota y 9.119,90 a intereses de demora». La misma Inspección realiza otra propuesta de liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), «que origina una deuda a ingresar de 122.961,71 euros, de la que 100.008,41 corresponden a cuota y 22.953,30 a intereses de demora».
Esta reclamación deriva de una obligación adquirida por la sociedad al comprar por 1.423 millones de pesetas la finca 'Marquesado de Las Navas del Marqués'. En la escritura pública se comprometía a «gestionar y obtener (...) en el plazo de un año» la recalificación urbanística de la finca. «De no obtenerse la reclasificación» decía la escritura, la compradora pagaría a la vendedora 104.000 millones de pesetas como indemnización.
La Agencia Tributaria se basa en la «unánime opinión doctrinal y jurisprudencial» para señalar que están sujetas al IVA «cualesquiera obligaciones, tanto de hacer como de no hacer, como compromisos a realizar, gestiones, renuncias...». Al respecto, apunta que la inspección se ha limitado a incorporar a la base imponible «el importe estipulado por las partes en el contrato como indemnización para el caso de su incumplimiento».
Además de reclamar estas deudas, la Agencia ha abierto dos expedientes sancionadores por 273.704 euros.
El alcalde, Gerardo Pérez, consejero delegado de la sociedad, ha recurrido ante el Tribunal Económico-Administrativo de Castilla y León. Entiende que ambos acuerdos «no se ajustan a derecho y lesionan gravemente los intereses» de la sociedad. Además, ha presentado una queja ante el Consejo para la Defensa del Contribuyente. Entiende que la actuación del inspector ha vulnerado su derecho a un «trámite de audiencia previo», a una «tasación pericial contradictoria y al secreto de las actuaciones inspectoras», entre otros.
EXTRAIDO DE www.elmundo-lacronica.com |