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Los contenidos de la presente sección son pensamientos, críticas o reflexiones, por lo tanto son personales, pudiendo en ocasiones parecerte ilógicas, irracionales o simplemente absurdas, pero son mías, pero no por ello están exentas de tus consejos o críticas en el siguiente correo willowsadie@eresmas.com

 
 
 
 

METRO DE MADRID CONTRA MANU CHAO

En la página número 47 del Semanario “EL MUNDO” del domingo 23 de noviembre aparecía el siguiente titular: Dos Locutores del Metro demandan a Manu Chao. La noticia hacía referencia a la demanda judicial interpuesta por los dos locutores que se encargan de anunciar las distintas estaciones a las que llegan los metros de la capital española.

La fórmula utilizada por Metro de Madrid para anunciar la siguiente llegada en los trayectos de sus líneas tiene un patrón único que responde a la estructura siguiente: “Próxima estación… (Nombre de la estación)”.

A estas alturas de año casi todos hemos oído las diferentes canciones de Manu Chao (anterior miembro y líder del grupo Mano Negra) en la que aparece como trasfondo de la letra y música la frase “Próxima estación Esperanza”, circunstancia ésta que se convierte en elemento común a lo largo de un disco que lleva el mismo nombre.

Según el rotativo la demanda interpuesta responde a la falta de autorización necesaria para la reproducción de la mencionada expresión en el disco del artista. Los demandantes son María Jesús Álvarez, locutora de RNE y Javier Dotú, doblador de actores conocidos como Al Pacino, Tom Hanks y Jack Nicholson entre otros que alegan que la demanda se debe a que no se ha retirado la grabación (refiriéndose a la expresión “Próxima estación Esperanza”) ni tampoco se ha reconocido públicamente la falta de autorización para su reproducción. Se indica por Javier Dotú que se les ofrecieron 200.000 pesetas concepto de colaboración sin embargo lo deseado por los demandantes era un reconocimiento público de que se había obrado mal y que no habían actuado voluntariamente en el disco.

Para muchas personas puede parecer algo extremadamente ilógico que se demande por algo tan simple como la grabación y utilización de dicha expresión en un disco, pero la verdad es que el ámbito del derecho a la propiedad intelectual y la explotación del mismo es un terreno de lo más inestable y susceptible de controversia. Ejemplo de lo dicho es el siguiente: un escultor recibió el encargo de realizar una escultura para el vestíbulo principal de una empresa muy conocida; el artista ejecutó el encargo. Años más tarde la compañía decidió realizar obras de reforma en el mencionado vestíbulo con el fin de mejorar su accesibilidad y su imagen de cara a los clientes que en el entrasen, las mejoras fueron realizadas y al recolocar la obra en el centro en el que con anterioridad se encontraba se dieron cuenta los titulares de la empresa que ésta no encajaba con el nuevo diseño de la estancia por lo que decidieron retirarla hacia otro lugar del edificio. El escultor conoció la noticia y amparándose en el derecho a la propiedad intelectual y a la exclusividad con el que se encargó la elaboración de la obra solicitó de la justicia que su obra fuera reubicada en su lugar de origen o que de lo contrario le fuera devuelta. Puede parecer que debido a que la compañía ya había abonado la obra la propiedad fuera suya, pues bien la verdad es que el escultor obtuvo la protección jurisdiccional de su derecho y se obligo a la empresa a volver a colocar la escultura en el vestíbulo o devolverla a su autor.

Este ejemplo puede aclarar algo la fuerza de un derecho como el derecho de la propiedad intelectual, una fuerza que va más allá de la propiedad del bien. Puede parecer que la situación no es la misma, puesto que no parece lo mismo una escultura que una grabación en la que se anuncia una estación. Sin embargo el bien protegido por la normativa, tanto nacional como internacional, es algo tan ambiguo.

¿La expresión “Próxima estación Esperanza” es algo que pueda integrarse dentro de la protección de la propiedad intelectual?, acaso es un trabajo literario, artístico, científico o musical; en principio no parece que se ajuste a tales parámetros pero el campo de la propiedad intelectual va más allá no es un concepto rígido y aquí surge el problema.

Se alega por los demandantes que las grabaciones se hicieron para uso exclusivo de la megafonía de Metro Madrid. No conozco el contrato que hicieron los locutores y Metro Madrid pero si la exclusivita es cierta, cuántos directores de películas españolas pueden verse en los juzgados en fechas venideras por haber desarrollado sus historias en metros, trenes o aeropuertos en los que en algún plano se oía de trasfondo la megafonía anunciando la llegada a algún sitio o la salida para cualquier otro. Sí, en los juzgados puesto que seguro que pidieron autorización a Metro para grabar en sus instalaciones o vagones, pero seguro que olvidaron llamar a las personas más importantes de estas empresas, los excelentísimos y magníficos D. Javier Dotú y Dña. María Jesús Álvarez para pedirles su consentimiento.

Y cuantas otras demandas podrán interponerse por tantas y tantas compañías que han oído sus melodías reproducidas en películas o series de televisión en que se intentaban contar historias cotidianas.

No se cual será la sentencia y en que sentido se ha presentado la demanda pues el artículo no menciona nada al respecto del contenido de la misma y lo que se pide, aunque de la lectura del artículo se da a entender que la reclamación será monetaria, ya que tal y como dice Javier Dotú “nos ofrecieron 200.000 pesetas en concepto de pagos de honorarios como colaboradores pero no era eso lo que pedíamos, sino un reconocimiento público de que se había obrado mal y de que nosotros no habíamos intervenido de forma voluntaria en el disco”. Si eso era lo que se pedía antes ahora me temo mucho que la demanda no sólo se contentará con eso sino que se solicitará una cantidad para pagar abogados y poder hacer una escapadita a alguna isla del Pacífico.

En fin, es una pena que haya personas que utilicen un derecho propio, para algo que realmente es intranscendente y lo que hace es generar un estado de crispación en los artistas que como Manu Chao salen a la calle grabadora en mano o cámara en mano para recoger lo que es la calle y los sonidos que en ella se produzcan.

No me voy a poner aquí ha realizar un estudio de las acciones civiles y la defensa jurídica de Manu Chao, pero Creo que tanto Manu, como su discográfica, su editora y su productora tendrán que reconocer su error y además soltar la pasta. Sin embargo me gustaría pensar que el Juzgado número 71 de Madrid dicte sentencia absolviendo a los demandados y se apoye en la ambigüedad que como antes señalaba tiene el derecho a la propiedad intelectual.

 

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Willow 19.08.2004. Manda tu opinión a: willowsadie@eresmas.com  
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